fibromialgia

Al amparo de lo previsto en el artículo 155 del Reglamento del Cuerpo solicito, se sirva dar curso a la presente exposición escrita al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con destino al Banco de Previsión Social.

El planteo concreto es respecto a la necesidad y a la importancia de que se tomen las previsiones para que a la enfermedad conocida como fibromialgia se le otorgue el carácter que merece.

Los estudios realizados en el tema son demostrativos respecto a que la enfermedad es invalidante para trabajar  y por lo tanto corresponde sea  considerada  su  grado de invalidez con un nivel que permita al que quien lo padece pueda acogerse a los beneficios que se otorga por parte de dicha Institución .

La fibromialgia  fue reconocida en 1992 por la Organización Mundial de la Salud como una enfermedad reumática.  Sus síntomas implican la presencia de dolores crónicos, generalizados, profundos, punzantes, que varían desde un rango de levedad a uno de mayor severidad. La causa de la enfermedad es desconocida.

El desencadenamiento de la enfermedad, como los distintos empujes que la caracterizan, generalmente se deben o atribuyen a situaciones o eventos de estrés psicoemocional.

Es una enfermedad que no tiene límites de edad, aunque se da más comúnmente en pacientes que tienen entre treinta y cincuenta años, en especial del sexo femenino.

Según las estadísticas que maneja la OMS afecta a un porcentaje que oscila entre el 1% y el 6% de la población mundial.

En Uruguay, si bien no hay estadísticas contundentes, se estima que entre 50.000 y 100.000 personas estarían afectadas por este trastorno. Es una enfermedad que no tiene cura definitiva, respecto de la cual no hay tratamientos específicos sino fármacos que permiten mejorar la calidad de vida y atemperar los síntomas que produce, y una vez que se diagnostica acompaña al paciente por el resto de su vida.

 Hace pocos días la Junta Departamental de Paysandú aprobó  una moción presentada,   para que la fibromilalgia  sea considerada por el BPS como invalidante con todos los efectos que ello conlleva.

Esta es una aspiración que compartimos y que se viene reclamando desde hace tiempo y cuyo estudio resulta ineludible, en tanto permitiría a quienes la padecen acogerse a los beneficios que el BPS brinda.

Corresponde agregar que un proyecto de ley presentado en términos similares en el año 2016,   se encuentra a estudio en la Comisión de Salud y Asistencia Social de esta Cámara.  Dicho proyecto apunta  a que se declare de interés nacional la prevención y el tratamiento de la fibromialgia, asi como una serie de disposiciones tendientes a contemplar la situación de quienes padecen esta enfermedad.

La propuesta presentada en el Legislativo Comunal de Paysandú como el proyecto de ley a estudio en esta Cámara  se enmarca en el contexto de un derecho humano fundamental, que es el derecho a la salud. Se pretende por lo tanto llenar un vacío que hoy existe con relación al derecho a la salud y en particular a esta enfermedad.

El objetivo es llegar a que se contemple la cobertura previsional a partir del diagnóstico y los paliativos correspondientes y la protección de quienes padecen esta enfermedad en el plano de la vida laboral.

De acuerdo a lo expresado en el cuerpo solicitamos que el BPS propicie los mecanismos necesarios para dar cumplimiento a lo señalado en el cuerpo de este escrito.